Sí se puede
Luego de aprobada la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida para la cobertura de tratamientos de fertilización asistida en nuestro país, se conoció que el primer caso de alta complejidad, que está en curso.
Cuando ya no quedaban más alternativas accesibles, apareció una luz simbolizada en una Ley. Una pareja, de cuyos integrantes reservamos sus identidades y que durante los últimos años, tras haberse enterado de que no podían tener hijos por vías naturales, consultó a una clínica privada por un tratamiento de fertilización in vitro, protagonizará el primer tratamiento de reproducción asistida de alta complejidad por el FNR (Fondo Nacional de Recursos). El aspecto económico fue condicionante para tener acceso al objetivo, porque les era imposible poder pagar U$S 12 mil por un tratamiento.
La última opción que tuvieron en esta historia fue aguardar la puesta en práctica de la Ley de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, que fue aprobada por el gobierno en 2014 y reglamentada posteriormente. Felizmente, la noticia llegó y se enteraron del OK del FNR.
Un caso
Muchas parejas de este país padecen de este tipo de problemáticas, condicionadas por el aspecto económico, y que han desechado por esa razón la posibilidad de realizarse un tratamiento de fertilización asistida. Se abre una nueva luz para esos casos, como la que encontró esta primera pareja, que ha comenzado a dar los pasos para un anhelo familiar, el de tener un hijo/a.
Actualmente. hay unos treinta trámites que fueron presentados en el FNR. Tan solo uno por el momento ha sido aceptado. Por esta vía, la pareja inició las gestiones en el pasado mes de mayo. El FNR aprobó en menos de un mes y medio la carpeta del primer caso de reproducción asistida de alta complejidad. Hicieron el copago correspondiente, de acuerdo a sus ingresos, y ya tuvieron la primera cita con el ginecólogo en la clínica (autorizada por la Ley) para iniciar el proceso del tratamiento.
Luego de los trámites correspondientes en la mutualista y la presentación de la documentación que se exige en la normativa del Tratamiento de Infertilidad Humana mediante técnicas de Reproducción Asistida de alta complejidad, HOY CANELONES conoció más datos de la primera pareja que ha iniciado el tratamiento de alta complejidad.
Previo estudio del caso por parte del FNR, quien paga a las clínicas autorizadas a realizar estos tratamientos una parte del mismo o el total (U$S 6.200 preestablecido en la redacción de la Ley) para aquellas parejas que estén amparadas en franja inicial establecida, la más baja de acuerdo sus ingresos. La otra parte, dependiendo del caso entonces, desde la segunda escala en adelante es financiado por el organismo estatal. Además del copago que tienen que hacer los interesados, en llevar a cabo el tratamiento de fertilización in vitro o de alta complejidad.
Datos
Las escalas son fijadas en función del valor de la BPC (Bases de Prestaciones y Contribuyentes, equivalente a $3052). En la primera escala o tramo estarán los casos cuyos ingresos sean menores a $15.260 (equivalentes a cinco BPC), y que no pagarán el primer intento del tratamiento. La segunda escala o tramo son para ingresos mayores a cinco BPC y menores o iguales a 10 BPC equivalentes a $30.520. El tercer tramo para ingresos mayores a 10 BPC y menores o iguales a 17 BPC equivalentes a $51.884. El cuarto tramo o escala de ingresos son los mayores a 17 BPC y menores o iguales a 30 BPC $91.000. Y los casos que superen las 30 BPC.
Clínicas
Hay tres clínicas autorizadas por el FNR: Clínica Cerhin, que tiene sede en Montevideo y también en Salto, el Centro de Esterilidad de Montevideo y la Suizo Americana. Es de orden señalar que la normativa del FNR establece que la mujer podrá elegir entre cualquiera de las clínicas que se encuentren habilitadas por el Ministerio de Salud Pública.
Primer paso
Las parejas que desean acudir al beneficio de la Ley, cuya amplitud es universal, deben en primer lugar iniciar el trámite, siendo atendidos por el ginecólogo tratante en la mutualista o centro de salud al que estén afiliados. Desde ese entonces, la pareja debe realizarse distintos estudios que comprueben su infertilidad y la razón por la cual quieren optar por la fertilización in vitro a través del FNR.
Formularios
Los formularios para comenzar los trámites del tratamiento están publicados en la web del FNR (fnr.gub.uy). Cabe consignar, como así los señala el organismo estatal, que los formularios de solicitud de tratamiento del FNR son de uso exclusivo y para completar únicamente por los ginecólogos de las instituciones de asistencia y de las clínicas de fertilidad.
Se establece también que el único formulario que completa la mujer es el de declaración de ingresos de la DGI (formulario 3913), que puede bajarse de la página de la DGI o retirarse en la propia dependencia. El sector de la DGI donde se realiza el trámite en Montevideo es en Recepción de declaraciones (subsuelo). Y en el interior del país en cada oficina. Este documento, luego de su llenado, es entregado al FNR por la Dirección Técnica de la mutualista y no personalmente la implicada en el trámite.
De acuerdo a los ingresos que tenga la pareja es dónde ésta será ubicada en diferentes franjas que irán desde la exoneración total a determinadas escalas de porcentajes, que deberá abonar como copago por el tratamiento. Se calculará de acuerdo al ingreso per cápita de la pareja, obtenido en el ejercicio inmediato anterior. El copago se deberá abonar en efectivo y en una cuenta establecida por el FNR del BROU. Como se informa por parte del FNR, la cobertura incluye tres ciclos de estimulación/intentos, cada uno de ellos con hasta tres transferencias embrionarias.
Cobertura correspondiente
La cobertura que le corresponde a la mujer, y que están dictada en la Ley, es la medicación comprendida dentro del conjunto de prestaciones obligatorias de las instituciones de asistencia médica integral, incluso aquellos que se indiquen durante el procedimiento de Reproducción Asistida de Alta Complejidad, así como estudios necesarios para el diagnóstico de la infertilidad establecidos en el Catálogo de Prestaciones de los Programas Integrales de Asistencia (PIAS) vigente. Una vez realizado el diagnóstico de embarazo en la Clínica de Fertilidad, la asistencia posterior corresponde a la Institución a la que pertenece la mujer.
E.C.


