“El Código está hecho en clave de beneficios al imputado y avasalla lo que son los derechos de la víctimas”
La actividad será el próximo sábado 20 de junio, a las 15 hrs., en el en el local del Sindicato de Empleados de Comeca (SEMCO). Allí disertarán Soledad Suárez Navas y María de la Paz Echetto para analizar, desde la perspectiva de las víctimas, el proyecto de modificación del Código del Proceso Penal (CPP).
El colectivo Mujeres Canarias Autoconvocadas organiza una jornada de análisis y reflexión sobre el proyecto de reforma del Código del Proceso Penal, que será abierta y gratuita para todo público. En esta instancia, las abogadas Soledad Suárez Navas y María de la Paz Echetto, con amplia trayectoria en el ámbito jurídico y en la defensa de víctimas, plantearán sus argumentos en oposición a las modificaciones desde una perspectiva de género.
Nueva regulación
En diálogo con HOY CANELONES, la abogada Soledad Suárez Navas explicó algunas de sus críticas al proyecto de ley integral de reforma del Código del Proceso Penal, elaborado por el Poder Ejecutivo junto a un grupo asesor integrado por técnicos de diferentes instituciones, entre ellos Gabriel Valentín, Grado 5 de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho, y Florencio Macedo, presidente del Colegio de Abogados del Uruguay.
La abogada remarcó que la mayor discrepancia se encuentra en la nueva regulación y lamentó que en la mesa asesora no hubiera representación de defensores de víctimas. Sostiene, en este sentido, que “está mal que no estén representadas ciertas voces. En realidad me indigna cómo conformaron la mesa”.
Algunas soluciones
Suárez Navas contó que, dentro de su experiencia de más de dos décadas, “defiendo víctimas vulnerables que van al consultorio de la Facultad, que no pueden pagar, y en mi estudio también atiendo a víctimas vulnerables, aunque con un poco más de recursos. Hablo con autoridad porque me vinculo con diferentes contextos; soy abogada litigante, estamos todo el día metidos en los juzgados y hablo desde el ver a las víctimas a la cara y saber lo que pasa”. Reconoce que cuando se presentó hace diez años el CPP fue un gran avance para las víctimas y para el sistema jurídico. Sin embargo, entiende que, de acuerdo con los estándares internacionales, actualmente no es suficiente. “Es desmerecer lo que fue el avance en aquel momento”, expresó.
La abogada explicó que, a su entender, “hay mejoras pero son en aspectos que en la práctica la mayoría de las veces lográbamos solucionar porque eran situaciones tan evidentes que los jueces las habilitaban”. De todos modos, Suárez Navas destaca una solución dentro de la reforma vinculada al artículo 79°, que establece que la víctima no deba concurrir obligatoriamente a la formalización y que, por lo tanto, no sea considerada un sujeto imprescindible para el proceso. Al respecto, contó que en algunos casos la formalización coincidía con estudios médicos o incluso con el velorio de un hijo de la víctima. “La víctima puede incluso no querer ir y es un derecho. No es una obligación. El imputado que está siendo investigado no está sujeto a esa exigencia”, afirmó.
Planteos
Con referencia a las modificaciones que sí entiende que merecen un análisis profundo, la abogada sostuvo que son aquellas que “limitan la posibilidad de participación plena de las víctimas, si así lo desean. El acceso a la Justicia es un derecho humano. Lo que planteo es la querella privada. La posibilidad de que la víctima pueda convertirse en acusador y participar de todo el proceso: presentar pruebas, hablar, cuestionar la prueba de la otra parte, opinar sobre las medidas y pedir protección”. Suárez entiende que la víctima no busca “venganza”, ya que eso genera costos económicos y emocionales que la mayoría no está dispuesta a asumir. Insistió en que “no están cumpliendo con el estatuto que se consagra internacionalmente para las víctimas”.
Según explicó, no se modifica el Artículo 360.3, vinculado a la apelación. “A la víctima le piden una exigencia más, un plus, lo que reduce sus posibilidades de plantear una apelación. Es un invento. Es absurdo. Alguien te puede agraviar como víctima, afectar tus derechos y traerte consecuencias negativas, pero ellos te piden algo más: que te pertenezca la discusión. Si no tenés la posibilidad de la querella privada, casi no podés apelar nada”, manifestó. Otro aspecto que cuestiona la abogada refiere a las evidencias, contempladas en el Artículo 260 del CPP, que establece que durante la investigación el imputado, su defensor o la víctima pueden solicitar a la Fiscalía que diligencie evidencia o, en otras palabras, que practique pruebas, como solicitar documentos o entrevistar a determinadas personas. “El artículo dice que si la Fiscalía responde que no o no contesta, el imputado puede pedirle al juez que ordene a la Fiscalía hacerlo. Se olvidan de la víctima, no la nombran. Le falta decir que ‘La víctima se vaya a llorar a la casa’ si no le responden”, aseguró.
Violencia de género
Suárez Navas valoró instancias como la que se realizará el próximo sábado porque entiende que permiten acercar a la ciudadanía conceptos jurídicos que no forman parte de la vida cotidiana. “La gente conoce los casos, se entera de formalizaciones y condenas, pero no sabe todo lo que sucede en el medio”, sostuvo. Finalmente, la abogada consideró que “el Código está hecho en clave de beneficios al imputado y avasalla los derechos de las víctimas. No entiendo por qué el Estado realizó estas modificaciones. Se silencian a las víctimas”. Señaló que la vulneración de derechos de las víctimas suele visualizarse principalmente en delitos vinculados a la violencia de género, contra mujeres, niños y adolescentes, porque es allí donde toman fuerza los discursos sobre las “denuncias falsas”, aunque, según los datos disponibles, representan un porcentaje insignificante.
Jennifer Cassarino

